Denuncia por extorsión en contexto de violencia de género para los hermanos Etchevehere

Por decisión del juez, los hermanos Etchevehere deberán cesar cualquier acto violento, molesto e intimidatorio hacia su hermana Dolores Etchevehere y no podrán acercarse al Casco del establecimiento rural Casa Nueva ni a ningún lugar publico o privado donde se encuentre su hermana.

El juez subrogante de la ciudad de La Paz, Raúl Flores resolvió hoy disponer medidas de protección en beneficio de Dolores Etchevehere con domicilio actual en  Establecimiento Casa Nueva, Santa Elena; las que deberán ser cumplidas por: Luis Miguel, Juan Diego, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Marcial Barbero de Etchevehere por el plazo de 30 días.

La resolución del magistrado se da en el marco del legajo caratulado «ETCHEVEHERE DOLORES S/ SU DENUNCIA – EXTORSIÓN EN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO» IPP S/N°, Leg. OGA N° 1932-O. El pedido de las medidas resueltas por Flores fueron ante la presentación y solicitud de la fiscal actuante María Constanza Bessa. (Arts. 73 inc. b) y j), y 76 del C.P.P.E.R. y art. 26 de la Ley de Violencia de Género, Ley Nacional Nº 26485, y Ley Provincial de adhesión Nº 10058)

Las medidas son las siguientes:

1.- Cese de cualquier acto violento, molesto e intimidatorio hacia Dolores Etchevehere y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella, por cualquier medio y por sí o por interpósita persona.

2.- Prohibición de acercamiento al Casco del establecimiento rural Casa Nueva, sito en localidad de Santa Elena; lugar donde se encuentra actualmente la Sra. Dolores Etchevehere; debiendo respectar el cordón policial preventivo, ubicado en el ingreso sobre Ruta Provincial N° 48.

 3.- Prohibición de acercamiento a cualquier lugar público y/o privado en que Dolores Etchevehere y las personas allegadas a la misma que se encuentran en el interior del Establecimiento Rural Casa Nueva junto a ella se encuentren.

4.- Prohibición de realización de actos violentos,  molestos y/o perturbadores tanto a la denunciante como a su grupo familiar y social, y allegados, por sí o por interpósita persona y por cualquier medio radial,  televisivo y/o redes sociales.-

El magistrado dispuso librar oficio a la Comisaría N° 17 de Paraná (E.R.), a fin de que procedan a notificar a: Luis Miguel , Juan Diego y Arturo Sebastián Etchevehere y a  Leonor María Magdalena Marcial Barbero de Etchevehere, de la presente resolución, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, incurrirán en el delito de desobediencia judicial previsto en el art. 239 del Código Penal, a la vez que su incumplimiento será evaluado negativamente en caso de que debiera ser indagado por los hechos que motivaron el inicio de la presente investigación.