El Colegio de Informáticos se expidió sobre el caso de las pericias informáticas durante el juicio a Uribarri

En el alegato final del megajuicio al ex Sergio Uribarri, la defensa esgrimió que la fiscalia no utilizo peritos informaticos para ciertas pruebas y desde el Coprocier, Colegio de Profesionales Informaticos de Entre Ríos, recordaron con una solicitada que, dichas pericias, las puede realizar solo un profesional matriculado a dicho colegio.

Este domingo 03 de abril COPROCIER publicó una solicitada en la que advierte que las pericias informáticas forenses son competencia exclusiva de profesionales informáticos matriculados y exhorta al Poder Judicial y al Estado provincial a garantizar el estricto cumplimiento de la Ley 9498.

Compartimos el texto completo de la solicitada:

EL ESTADO PROVINCIAL DEBE RESPETAR SUS LEYES

COPROCIER advierte que las pericias informáticas forenses son competencia exclusiva de profesionales informáticos matriculados.

En las últimas semanas, las instancias judiciales que se llevan adelante en el denominado “megajuicio” que se sigue contra el ex gobernador Urribarri, entre otros imputados, pusieron en el debate público cuestiones trascendentales como lo son las pericias informáticas forenses, su regulación legal e incumbencias profesionales en quienes las llevan a cabo. 

Sin entrar en el análisis de la causa judicial en particular, desde el Colegio de Profesionales de Ciencias Informáticas de Entre Ríos (COPROCIER) exhortamos al Poder Judicial y al Estado provincial a garantizar el estricto cumplimiento de la Ley 9498, la cual regula el ejercicio profesional de los informáticos en Entre Ríos y la actividad misma, estableciendo específicamente las competencias exclusivas de los profesionales debidamente matriculados, siendo la actividad pericial una de ellas.

Los tres poderes que conforman el Estado Provincial (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) tienen el deber inquebrantable de respetar y hacer respetar las leyes que nos rigen.

La Ley 9498 se encuentra vigente desde el año 2003 y establece los requisitos para el ejercicio profesional de los/as informáticos/as con título de grado, dentro de los que se incluye la matriculación obligatoria, determinando expresamente las incumbencias profesionales inmersas. Ejercer por fuera de este requisito implica incurrir en ejercicio ilegal de la profesión; siendo de una “liviandad manifiesta” las expresiones vertidas desde la Fiscalía de Paraná en cuanto argumentó que “la incumbencia profesional que se fija con la creación del Colegio de Profesionales de la Informática (COPROCIER) no tenía el peso suficiente para que su tarea sea desacreditada”.

Año a año se suman profesionales informáticos matriculados a los listados oficiales de las distintas jurisdicciones del Poder Judicial para la realización de pericias, todo lo cual garantiza el debido proceso de los justiciables.

La tarea encargada al perito es sumamente importante para la sociedad y para quien la realiza. En dicha labor es necesario utilizar todos los conocimientos pertinentes a la profesión para ayudar a dilucidar ciertas controversias que se presentan en la justicia, teniendo su actuación la debida regulación en los códigos de fondo y forma, además del pertinente Código de Ética.

Cabe destacar que actualmente persisten situaciones de incumplimiento respecto al ejercicio de la profesión y la debida matriculación, tanto en el ámbito privado pero sobre todo en el público, algunas de las cuales se han denunciado en el Ministerio Publico Fiscal, obteniendo la desestimación y el archivo sin mediar investigación a pesar de haberse adjuntado las pruebas concretas.

Sin dudas, muchos inconvenientes se evitarían el Estado si se aviniera al estricto cumplimiento de la ley, a más de lo cual y sin dudas, como ente supremo debe dar el ejemplo a la ciudadanía y sobre todo impartir la tan aclamada justicia.