Prefectura Paraná: Recomendaciones para bañistas y navegantes en este verano

Continuando con el Operativo “VERANO 2021”, que se está desarrollando sobre la jurisdicción de ésta Prefectura, que abarca geográficamente entre el Km. 570, (Inmediaciones Paraje “La Jaula”) y Km. 676 (Puerto Piragua), ambas márgenes del Río Paraná, el mismo se extenderá hasta el mes de Abril del año 2021.

Dando respuesta al incremento notorio de las actividades en playas, islas, balnearios y costas del Río Paraná, ocasionado por la temporada estival y la moderada flexibilización de la cuarentena, que torna necesario intensificar las medidas de prevención, motivo por el cual la Prefectura Paraná, efectuará un aumento en sus patrullajes con mayor número de medios y personal, con la finalidad de satisfacer todas las demandas.

Viendo el registro de las altas temperaturas reinantes, y con la finalidad de contribuir al establecimiento de medidas de seguridad preventivas, ésta Prefectura recomienda:

  • Concurrir a balnearios habilitados y con guardavidas.
  • Respetar los carteles de seguridad e indicadores de peligro.
  • Extremar las medidas de seguridad con menores. No permitir el ingreso al agua de los niños, sin el acompañamiento de un adulto.
  • Respetar las indicaciones de los guardavidas.
  • No ingresar al agua después de comer.
  • Respetar el boyado de seguridad.

Asimismo, esto produce que tanto los fines de semana como feriados se produzcan extraordinarias afluencia de embarcaciones, deportivas y/o de placer, las cuales comparten los cursos de agua con buques de ultramar, convoyes de empuje y otras embarcaciones como areneros, lanchas de pasajeros, lanchas de prácticos, lanchas de amarre, catamaranes de turismo, etc., generando situaciones potenciales de peligro que pueden poner en riesgo la vida de las personas, como así también daños materiales.

Teniendo en cuenta el decreto N° 833 de GOB de Entre Ríos, el cual busca evitar contagios en grandes aglomeraciones durante horas pico y el regreso de las navegaciones a las guarderías, la cual informa que todas las embarcaciones quedaran supeditada a la utilización del cincuenta por ciento (50%) o de su capacidad habilitada para el transporte de pasajeros, hasta un máximo de 10 personas.

De la misma manera, sugiere a todos los navegantes deportivos arbitrar las medidas de seguridad con respecto a la navegación en aguas del Río Paraná.

Por lo expuesto y para minimizar riesgos se recomienda expresamente:

  • Efectuar el despacho de su embarcación ante su Club Náutico o la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, aún si esto no fuera obligatorio ya que facilitaría cualquier situación de asistencia o búsqueda.
  • Antes de zarpar, avisar al club, guardería, familiar o Dependencia Jurisdiccional de la PREFECTURA, su destino de navegación, itinerario, fecha y hora aproximada de regreso.
  • Respetar las zonas de privilegio para la práctica de las diferentes disciplinas náutico deportivas, navegando a una velocidad mínima compatible con la maniobra.
  • Contar a bordo con chalecos salvavidas suficientes para la totalidad de la tripulación. Los menores de edad siempre deben llevarlo colocado. En moto de agua y jet ski, su uso debe ser permanente.
  • Tener en cuenta que los elementos de seguridad fueron establecidos a través de experiencia mundial y en alguna situación determinada hasta los considerados como los más elemental y/o superfluo, puede llegar a salvar vidas o evitar momentos de riesgo.
  • Verificar fecha de vencimiento y carga de matafuegos.
  • Evitar navegar en condiciones de escasa visibilidad.
  • Investigar y complementar sus conocimientos marineros, de balizamiento y meteorología, tenga presente que el río es un medio que puede convertir súbitamente una jornada placentera en una sumamente hostil.
  • Asegúrese de contar a la zarpada con la provisión de insumos y combustible necesario para la navegación prevista, con un importante margen de seguridad.

La habilitación náutica (carnet) certifica los conocimientos básicos por categoría y es determinante al establecer responsabilidades penales o civiles. Asegúrese de mantenerla vigente, de conducir dentro de las limitaciones que la categoría fija, no permita que conduzcan su embarcación personas sin la correspondiente habilitación, mucho menos menores de edad.

En el caso de poseer carnet habilitante, tener presente:

  • Conductor Náutico: Hasta 7 metros de eslora. Hasta 140 HP de potencia. Artefactos acuáticos deportivos (ADD) sin límite de potencia.
  • Timonel:
    Hasta 12 metros de eslora. Sin límite de potencia.
  • Piloto de Yate a Vela: Veleros con motor auxiliar
  • Piloto de Yate a Motor o Vela y Motor: Sin límite de potencia.

Para realizar navegación en lagos, ríos y Río de la Plata, este último con los siguientes límites de alejamiento: al norte de la línea imaginaria que une Punta Piedras (República Oriental del Uruguay en proximidades Ciudad de Carmelo) con la margen sur del río Paraná Guazú (ARG).

En la franja costera determinada entre la línea de ribera y el Canal Emilio Mitre.

En las otras zonas del Río de la Plata y en las zonas marítimas hasta cinco millas náuticas (5MN) de la costa o los lugares que establezca la Dependencia jurisdiccional.

Se recuerda que para la recepción de reclamos, sugerencias, orientación o asesoramiento, de lunes a viernes (días hábiles) entre las 07:00 Hs. y las 13:00 Hs., se encuentra abierta la “Oficina de atención al ciudadano”, ubicada en sede de la PREFECTURA PARANÁ.

En caso de EMERGENCIAS y/o SOLICITAR INFORMACION (meteorológica, altura de los ríos, etc.) podrá comunicarse con la PREFECTURA PARANA  a los teléfonos 106 (Emergencias Náuticas) o 0343–4310201, vía VHF a L6N PARANA PREFECTURA NAVAL RADIO, Estación Costera L6N por los canales 12 y 16 del Servicio Móvil Marítimo (156.600 Mhz), restringiéndose este para tal fin. Tengamos en cuenta que si el mismo se encuentra ocupado por modulaciones fuera de estos parámetros, está siendo restringido del uso para quien verdaderamente lo necesita.