El HCD tratará la creación de un sistema municipal de áreas naturales en Paraná
Los concejales del bloque Juntos por Entre Ríos de Paraná elaboraron un proyecto de ordenanza para que la ciudad adhiera a la Ley Provincial Nº 10.479 del Sistema de Áreas Naturales Protegidas de Entre Ríos.
La iniciativa se propone renovar el compromiso de protección de la flora, la fauna y la biodiversidad ya que la legislación local vigente quedó invalidada porque suscribe a una legislación provincial que fue derogada, explico el edil Pablo Donadío, quien apuntó que de este modo quedará ordenado el plexo normativo. En esta línea, y siguiendo con el estatuto provincial, la propuesta también apunta a conformar un catálogo de sectores de conservación privado y la creación de un sistema municipal de áreas naturales.
En la sesión del Honorable Concejo Deliberante de Paraná (HCD) convocada para este martes 28 de mayo tomará estado parlamentario un proyecto que propone derogar la ordenanza N° 7.961 del año 1997 y, al mismo tiempo, adherir a la Ley Provincial Nº 10.479 que regular el sistema de áreas protegidas en Entre Ríos. La iniciativa fue elevada por Leandro Javier Fernández, Maximiliano Martín Rodríguez Paulin, Silvia Inés Campos, Rosana Mabel Toso y Pablo David Donadío. Se prevé que una vez ingresada se gire a las comisiones de Legislación General y de Salud y Ambiente para su tratamiento.
La propuesta de reinscripción al marco legal de áreas naturales obedece a “el municipio tenía una ordenanza que adhería a la Ley Provincial, pero es la ley que fue derogada para la creación de una nueva Ley. Pero resulta que nunca derogó esta ordenanza (la Nº 7.961), quedó derogada de hecho o tácitamente, y nunca se sacó una nueva. Lo que hicimos ahora es impulsar una adhesión a la Ley vigente y derogar la anterior”, comentó en diálogo el concejal Donadío.
CATÁLOGO
De acuerdo a lo que señala el texto del proyecto, la ordenanza de adhesión del año 97 se vinculaba con la ley provincial Nº 8.967 que fue reemplazada en el año 2017 por la ley N° 10.479. “Su dictado trajo aparejado, como principal cambio, la actualización de las categorías de áreas naturales que pueden existir en nuestro territorio”, lo que hace necesario “actualizar la normativa local, adaptándola a los nuevos contextos”, señalan los ediles. Es así que “en aras de obtener claridad legislativa, resulta ser la derogación y redacción de una nueva ordenanza”, argumenta la propuesta.
Por otro lado, la nueva legislación permitirá afirmar un “Sistema de Áreas Protegidas” de la ciudad. Siguiendo con la línea en la que aboga la ley entrerriana, en el artículo 2º de la nueva ordenanza apunta a que “La Municipalidad de la Ciudad de Paraná deberá crear el ‘Sistema Municipal de Áreas Protegidas’. Podrán ser incluidos aquellos predios que correspondan a su dominio o, los que siendo de propiedad privada, queden incorporados mediante convenios suscritos con sus titulares. Los inmuebles incluidos mediante el sistema constituirán el ‘Catálogo Oficial de Áreas Naturales Protegidas’. Se entenderá por sistema, al procedimiento administrativo por el cual se ponen en funcionamiento los mecanismos tendientes a obtener la declaración de ‘Área Natural Protegida’ y su inclusión dentro del catálogo”.
La normativa también traza parámetros de obligaciones para que privados suscriban un convenio para incorporar sus propiedades dentro de un “Catálogo Oficial” municipal en el que básicamente se comprometan a no alterar “la flora, la fauna, la biodiversidad y todo aquello que haga al valor del bien o a su identidad”, señala el borrador.
Para incentivar este registro, la propuesta de ordenanza plantea la posibilidad de exenciones e incentivos impositivos (artículo 4º).
La creación de nuevas áreas, en tanto, podrá ser impulsada como iniciativa por el HCD como del Ejecutivo (artículo 5º). “Asimismo, las agrupaciones de vecinos, con la firma de por lo menos diez (10) de sus integrantes, las organizaciones ambientalistas u otras organizaciones no gubernamentales podrán proponer la creación de Áreas Naturales Protegidas por ante el Honorable Concejo Deliberante, el cual deberá expedirse al respecto en el plazo máximo de tres (3) meses”.
Fuente: ERA Verde.